Descripción del proyecto
Implementación de Convenios marítimos internacionales (SOLAS, MARPOL, STCW, STCW-F y Programa de Auditorías a los Estados Miembros OMI)
Asesoramiento a los gobiernos en la implementación de los convenios marítimos internacionales. Asesoría a la autoridad marítima en la aplicación de los convenios internacionales vigentes.
Contamos con un grupo de expertos marítimos internacionales que han trabajado en la Organización Marítima (OMI), con una gran experiencia en el desarrollo e implementación de los convenios marítimos internacionales.
SOLAS – Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974 (Convenio SOLAS). El objetivo principal del Convenio SOLAS es establecer normas mínimas relativas a la construcción, el equipo y la utilización de los buques, compatibles con su seguridad.
Asesoramos a las administraciones marítimas, armadores, y compañías operadoras de barcos en la implementación de las últimas enmiendas del convenio SOLAS y los códigos que dependen de este como IGS y PBIP.
MARPOL – El Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los Buques o MARPOL 73/78 es un conjunto de normativas internacionales con el objetivo de prevenir la contaminación por los buques. Su objetivo es preservar el ambiente marino mediante la completa eliminación de la polución por hidrocarburos y otras sustancias dañinas, así como la minimización de las posibles descargas accidentales.
Asesoramos a las administraciones marítimas, armadores, y compañías operadoras de barcos en la implementación de las últimas enmiendas del convenio MARPOL
STCW – El Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente de mar (Convenio de Formación), 1978, enmendado, establece las normas de competencia para los marinos a nivel internacional.
Entre sus disposiciones es un requisito para las Partes del Convenio comunicar la información a la OMI sobre las medidas adoptadas para aplicar la Convención a nivel nacional. Esa información estará sujeta al control para asegurar que la Convención se está dando «plena y total efectividad» y, si esto es así, el partido cuenta en la «Lista de Partes en el Convenio confirmados» y «La información relacionada con los informes de evaluación independiente».
Asesoramos a las administraciones marítimas, armadores, y compañías operadoras de barcos en la implementación de las enmiendas de MANILA 2010.
Asesoramos a las administraciones marítimas en la preparación de la información relacionada con los informes de evaluación independiente.
STCW-F – Formación para Pescadores – El Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para el personal de los buques pesqueros, 1995 (STCW-F 1995), establece los requisitos de certificación y formación mínima para las tripulaciones de los buques de pesca marítima de 24 metros de eslora igual o superior.
El Convenio STCW-F es el primero en establecer los requisitos básicos en materia de formación, titulación y guardia para la gente de pesca en el ámbito internacional. El Convenio establece normas mínimas relativas a la formación, titulación y guardia para la gente de la pesca, que los países están obligados a cumplir o superar.
Asesoramos las administraciones marítimas, los propietarios de buques de pesca, y las empresas de dotación de buques de pesca en la aplicación del Convenio de Formación para Pescadores (STCW-F).
Programa de Auditorías a los Estados Miembros OMI
La implantación de los instrumentos convencionales de la OMI recae en los Estados Miembros que son Partes de dichos instrumentos. Las auditorías de los Estado Miembros tienen por objeto determinar en qué medida estos dan efectivo cumplimiento a las obligaciones y responsabilidades previstas en diversos tratados de la OMI en su calidad de Estados de abanderamiento, de Estados rectores de puertos y de Estados ribereños.
Asesoramos a las administraciones marítimas en la preparación para la vista de la Auditoria por parte de la Organización Marítima Internacional (OMI).